viernes, 25 de febrero de 2011

A CONOCIMIENTO


Alma Porteña pone a conocimiento de sus gentiles lectores los siguientes documentos para su lectura, analisis y comentarios


Callao, 04 Febrero del 2011


Doctor
CESAR SAN MARTIN CASTRO
Presidente del Poder Judicial
Lima – Perú



Asunto: Ley Nº 29497: Ley Procesal del Trabajo
Ley Nº 27408: Ley de atención Preferencial

Excelentísimo Dr. Cesar San Martín Castro
De nuestra especial consideración.

CESAR ARMANDO CORRALES DEGREGORI DNI Nº 25653459 con domicilio en Brasil Nº 486, La Perla Callao y JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS DNI Nº 2562660 con domicilio en el Jr. Mariano Arredondo n 2525-Lima 1 Urb.los Cipreses cdra. 25 Av. Colonial, tenemos a bien dirigirnos a usted no sin antes referirnos a su conocida identificación con los altos valores que exhibe Usted en toda su trayectoria profesional y como hombre de bien, que enfrenta las causas justas con firmeza y claridad total.

Es el caso Con referencia a la Ley 29497 del 15 de 01 del 2010; Nueva Ley Procesal del Trabajo, por la cual se crea un plazo de 6 meses para concluir con todo proceso laboral.

Asimismo particularmente en el Callao, debido a que existen empresas con un singular número de trabajadores desde hace muchos años y por una irregular administración al aplicarse los derechos laborales en estos momentos en el poder judicial existe un sin número de demandas judiciales, Muchas de estas son de trabajadores que al verse jubilados a los 70 años de edad, es urgente se acelere sus procesos; por obvias razones: edad, salud, economía precaria.

Es el caso que existe la Ley 27408, Ley de atención preferente que no es si no ordenar atención a seres humanos que se encuentran en ciertas limitaciones frente a los demás. Muchos porque han agotado energías y parte de vida en una entrega digna para beneficio de nuestra sociedad que no es sino la patria misma.

En muchos casos es el tiempo determinante para que los trabajadores puedan gozar del derecho justo que le corresponde, puesto que la edad les crea un límite imposible de rebasar; pues de acuerdo a las estadísticas la edad determina ciertos porcentajes de mortandad, más aun cuando esta es agobiada por urgentes preocupaciones en busca de justicia

Somos conocedores de su alta entrega y razón de justicia para quienes por una u otra razón, aunque fuere involuntaria, tienen que acudir por razón y justicia a uno de los poderes más importantes del Estado. En este caso el poder judicial, por lo que siendo usted su representante máximo estamos seguros que impartirá las disposiciones pertinentes dentro del marco legal para que administrativamente se cumpla con la Ley N° 29497 del 15 /01 / 2010, considerando que nuestros congéneres a! cumplir 70 años de edad siempre estarán más cerca de un límite no querido pero existente; como es la muerte.

Sabemos que para dar cumplimiento a ley N° 29497, es necesario contar con recursos económicos y humanos; es por ello que sugerimos que se plantee esa necesidad a las autoridades locales, regionales y alcaldías que desde ya nos comprometemos a solicitarles a ellos aporten lo necesario en cumplimiento de sus obligaciones como autoridades políticas sociales, representantes del pueblo del Callao.

Deseándole siempre cuente con el amparo divino en el cumplimiento de sus funciones, que atenué el sufrimiento de las necesidades urgentes de los trabajadores que habiéndose jubilado no han recibido debidamente las compensaciones económicas que le brinda el derecho laboral.

Dios guarde a usted.

CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459
Brasil Nº 486, La Perla Callao

JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS
DNI Nº 2562660
Mariano Arredondo Nº 2525-Lima

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Callao, 22 Febrero del 2011


Doctor
CESAR SAN MARTIN CASTRO
Presidente del Poder Judicial
Lima – Perú

Asunto: Ley Nº 29497: Ley Procesal del Trabajo
Firma de Convenios con la Región Callao

Excelentísimo Dr. Cesar San Martín Castro
De nuestra especial consideración.

CESAR ARMANDO CORRALES DEGREGORI DNI Nº 25653459 con domicilio en Brasil Nº 486, La Perla Callao y JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS DNI Nº 2562660 con domicilio en el Jr. Mariano Arredondo Nº 2525-Lima 1 Urb.los Cipreses cdra. 25 Av. Colonial, tenemos a bien dirigirnos a usted.

Con fecha 04 de febrero del presente año, se recepcionó nuestro documento con referencia a las leyes up supra. Con fecha 18 de febrero fuimos atendidos y escuchados por su asesor Dr. Kennet Garcés

Agradeciendo la atención prestada hasta la fecha es que proponemos a Usted con el fin de factibilizar la atención necesaria a los demandantes laborales por sus derechos y teniendo conocimiento que la cantidad acumulada en el Poder Judicial de la Región del Callao y otras entidades, es altísima es que proponemos: que Vuestra Representada previo las consideraciones del caso propugne la firma convenios con la Autoridad de cada Región y otras, con la finalidad de que estas den el apoyo para incrementar, crear y adquirir lo necesario y así poder atender a los trabajadores en sus demandas dentro del marco de justicia y razón en el plazo señalado por la Ley Nº 29497 – Ley Procesal del Trabajo.

Deseando siempre que las disposiciones que puedan darse cuenten con el amparo divino.

Dios guarde a Usted,

CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459
Brasil Nº 486, La Perla Callao

JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS
DNI Nº 2562660
Mariano Arredondo Nº 2525-Lima
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Callao, 22 Febrero del 2011


Doctor
CESAR SAN MARTIN CASTRO
Presidente del Poder Judicial
Lima – Perú
Asunto: Ley Nº 29497: Ley Procesal del Trabajo
Firma de Convenios con la Región Callao

Excelentísimo Dr. Cesar San Martín Castro
De nuestra especial consideración.

CESAR ARMANDO CORRALES DEGREGORI DNI Nº 25653459 con domicilio en Brasil Nº 486, La Perla Callao y JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS DNI Nº 2562660 con domicilio en el Jr. Mariano Arredondo Nº 2525-Lima 1 Urb.los Cipreses cdra. 25 Av. Colonial, tenemos a bien dirigirnos a usted.

Por el presente hacemos llegar a usted algunos planteamientos que complementen nuestra solicitud a su Despacho:

Carencias conocidas
A- Reducido número de juzgados laborales
B- Jueces saturados de carga procesal
C- Especialistas – reducido número por juzgado
D- Auxiliares insuficientes
E- Oficina central de notificaciones, necesidad de mayor número de pantallas y digitadores.
F- Dar facilidades a verificadores de planillas (peritos)

Consideramos:
A1- Incremento de salas laborales
B1- Incremento de jueces
C1- Incremento de especialistas por juzgados
D1- Incremento de auxiliares
E1- Oficina Central de Notificaciones, incremento de personal y tecnología (pantallas)
F1- Movilidad y otros

A la espera de estar contribuyendo positivamente para alcanzar las metas propuestas,

Dios guarde a Usted,


CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459
Brasil Nº 486, La Perla Callao

JOSÉ ANTONIO CÁCERES BARRIENTOS
DNI Nº 2562660
Mariano Arredondo Nº 2525-Lima

lunes, 14 de febrero de 2011

CARTA c. LUIS NEGREIROS CRIADO

Alma Porteña, pone a concimiento el siguiente documento para su lectura y conocimiento:



Callao, 14 de febrero de 2011


Compañero
LUIS NEGREIROS CRIADO
CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA
Presente.-

Asunto: Ley 29497 – Ley Procesal de Trabajo

Compañero Luis Negreiros Criado:

Tengo a bien saludarlo y a la vez hacer de su conocimiento lo siguiente:

Con respecto a la Ley Nº 29497, Ley Procesal de Trabajo, por la que se determina que los procesos legales laborales, deben concluir en 6 meses luego de iniciados.

Es que acudo a su persona para solicitarle su participación activa y directa para que el Poder Judicial se implemente debidamente y pueda cumplirla.

Es el caso que desde que el dictador Fujimori en los años 90 abusó inmisericordemente de los trabajadores, despidiéndolos de sus puestos de trabajo, como es el caso de los trabajadores de ENAPU S.A. por ser en el Callao donde funcionan empresas del Estado con cientos y miles de trabajadores que se han visto precisados en buscar hacer valer sus derechos en el Poder Judicial, y hasta la actualidad muchos malos funcionarios siguen practicando estas malas artes, saturando el Poder Judicial con miles de reclamos y demandas.

Conociendo su espíritu combativo, probado en acciones realizadas en todos estos años pasados por la defensa de los puertos y sus trabajadores, es que estoy seguro que usted tomará como bandera de lucha el cumplimiento de la Ley Nº 29497 en el Poder Judicial del Callao, que los miles de trabajadores y sus familias sabrán agradecerle, sobre todo apoyándolo en esta campaña para su elección como congresista de la República y pueda así continuar combatiendo por los ideales de nuestro gran partido, al amparo de legado dejado por el compañero Víctor Raúl Haya de la Torre y su padre el compañero Luis Negreiros Vega.

Fraternalmente.

CESAR CORRALES DEGREGORI


NOTA: Adjunto documento dirigido al presidente del Poder Judicial Nacional, César San Martín Castro y los documentos dirigidos a las representaciones sindicales de los trabajadores de ENAPU S.A., Federación Nacional y Sindicatos.

LA TECNOLOGÍA MODERNA Y LOS PUERTOS DEL PERÚ


El mundo actual ha alcanzado un alto nivel de desarrollo en estas últimas décadas, permitiendo construcciones de mega obras en los puertos principales del mundo.

En nuestro país, relegado al tercer mundo en cuanto a su desarrollo portuario, pero con un futuro auspicioso en lo que se refiere al transporte marítimo y sus puertos.

Aún no asimilamos que la tecnología no es patrimonio de las empresas privadas y tomamos como razón de las privatizaciones de nuestros puertos la necesidad de aplicar la tecnología moderna en ellos.

Sin querer entender que la tecnología moderna también está al servicio de los gobiernos tercermundistas.

Si los administradores actuales de los puertos muestran límites o incapacidad será fácil encontrar en el medio, administradores capaces.

Según publicaciones oficiales, dinero h ay, lo que faltaría serían decisiones políticas que velen por el futuro de nuestros puertos.

Se debe tener en cuenta que los puertos son minas con vetas, que lejos de agotarse por su explotación crecen constantemente en cuanto a economía se refiere, pero ese crecimiento ocasiona el deterioro constante del pavimento y las vías, pistas y carreteras que el Estado con el dinero de todos los peruanos construye y repara.

Finalmente, lo que estas empresas “pagan” no cubre los gastos que originan al Estado (el pueblo), los señores economistas, urbanistas, políticos, deberían pronunciarse al respecto.

Dios inspira a los pueblos a ver más allá, ya que no se contaminan ni con intereses mezquinos ni con intereses personales.

Alma Porteña hace de conocimiento algunas políticas de estado para el mega puerto del Callao, expuestas por el Dr. Dammer, representante de los trabajadores de la APN, Autoridad Portuaria Nacional.


POLÍTICAS DE ESTADO PARA EL MEGA PUERTO DEL CALLAO



Proponemos una Política de Estado para el desarrollo del Megapuerto del Callao y e! Sistema Portuario Nacional; para impulsar el Hub portuario peruano, como el principal del Pacífico Sur. Con soberanía portuaria, en competencia y con valor agregado. Esta propuesta implica un compromiso de aporte del Estado a ENAPU,- Callao; realizar ajustes a Plan Portuario multipropósito y de contenedores 2011-2038. Pero, ante todo, implica la nulidad del proceso de privatización, doloso e irregular, de ENAPU Callao que pretenden el gobierno de García y PRO INVERSIÓN.

• Afirmamos a ENAPU Callao: como administrador del puerto y operador principal, tal como señala la Ley.

• Establecimiento del Área de Desarrollo Portuario del Terminal Portuario del Callao, en base al avance de Plan 2011 -2038, diseñado por la Fundación Valencia Ports, dejado de lado por APN y PROINVERSIÓN para favorecer el monopolio o duopolio extranjero.

• Proponemos la inversión inmediata del Estado a ENAPU Callao de US$ 250, permitiendo la reinversión utilidades de ENAPU, autorizando un
socio financiero, con aval a crédito pagadero de su flujo futuro de ingresos, con aporte adicional de socio
convocado para la zona de actividades logísticas, con aportes de Gobiernos Regionales y Municipales, con venta de no más de 10 % acciones sin capacidad de decisión empresarial en la bolsa de valores, entre otros).

• Ejecutar íntegramente en el Callao los US$144 millones de aporte adicional de DPW por el muelle sur.

• Aprobación de la Ley de fortalecimiento y modernización empresarial de ENAPU, autorizando la reinversión de utilidades y la formación de consorcios. (PL 1648)

• ENAPU Callao impulsará consorcios, con socios privados minoritarios y para actividades específicas, buscando la inversión pública y privada por un total de US$ 3,500 millones del 2011 al 2038, aportando el Estado de inmediato USS 250 MM para inversiones.

• Buscar socio de primer nivel mundial para impulsar la zona de actividades logísticas como la gran fuente de trabajo para la población de la región Callao

• Socios para ampliaciones de muelles de contenedores y de cruceros, que pueden participar en operación

• Implementación del Despacho Aduanero anticipado, para superar los USS 400 millones de sobrecostos de los terminales extraportuarios.

• Implementación del más alto estándar de seguridad para impedir el embarque de cocaína, contrabando y otros ilícitos por el puerto público.

• Reubicación de instalaciones de la Marina con¬tiguas al puerto, para facilitar movimiento portuario, trasladándose la Base Naval progresivamente a la Isla San Lorenzo, Zona de Defensa Nacional

• Impulso a la Marina Mercante Nacional,

• Impulsar el cluster metal-mecánico en la zona de ac¬tividades logísticas

A todo esto le llaman "Muelle Norte" incluyendo, el muelle de petróleo, muelle de minerales, muelle pesquero, el astillero del SIMA, áreas cedidas por ENAFER y hasta la Av. Dos de Mayo. ¡¡Increíble!! Hasta la Base Naval ¿Y, qué dice la Marina de Guerra?

Es decir: ¡Todo el Puerto del Callao a manos extranjeras!!

viernes, 11 de febrero de 2011

LA LEY Nº 29497 - PROCESAL LABORAL


Desde épocas remotas la explotación del hombre por el hombre viene dejando profundas huellas negativas en la historia del ser humano en su paso por este mundo, mostrándose como un ser deshumanizado, entregado a la explotación de sus congéneres.

Hoy en día aún con todos los avances científicos, técnicos y de capacitación, de títulos rimbombantes, en lo que se refiere a la conducción de empresas, se sigue practicando la explotación del hombre por el hombre, de manera impugne, soslayada y amparada por las legislaciones existentes que libra a los “negreros” de castigo alguno.

No es necesario hurgar mucho para encontrar pruebas de este “sistema de explotación” constante y permanente.

Sucede que miles de trabajadores son, podríamos decir, “estafados”, “timados”, “cortada sus libertades de libre disposición de su propiedad, de sus ingresos” y cuando luego de pasar por una serie de peripecias en el Poder Judicial, logra que le reconozcan sus derechos y gananciales, ya pasaron años, podría ser que sus gananciales no cobrados hubieran servido para él o para los suyos en beneficio de adquirir conocimientos, salud y que pasado el tiempo, ya es demasiado tarde.

Este daño causado, jamás es compensado, menos reconocido y jamás sancionado.

Estamos considerando los abusos por incapacidad administrativa, por instinto de maldad o por acciones ventajistas de lucro indebido o posicionamiento indebido por servilismo impropio de un ser humano contra otra dentro de una empresa.

El caso es que hoy en día, los gerentes o administradores de las empresas cuentan con un amparo que les dan una patente de corso, significa esto que se equivocan, agraden y desconocen las leyes de trabajo, no les pagan a los trabajadores lo que por ley les corresponde y luego los trabajadores se ven obligados a acudir al Poder Judicial, luego de una vía crucis, se termina demostrando que si le corresponde lo reclamado, saliendo perjudicada la empresa (pues tiene que efectuar mayores desembolsos) el trabajador recibe quizá muy tarde su remuneración que siempre le correspondió y él o los responsables de ese daño a la persona humana no pagan nada, escalan posiciones en sus empresas, y gozan de su maldad o incapacidad para realizar su trabajo dentro de la empresa a la que pertenecen, entornillándose en ellas, para perjuicio de todos los peruanos.

Este amparo a los administradores, incapaces o perversos, debe terminar dándose dispositivos que los sancionen por ir contra la persona humana del trabajador, sus familias y las empresas que administran y no ser premiados con mayores sueldos, mejores cargos, ensombreciendo el futuro de sus empresas y los trabajadores.

No olvidemos considerar que cada empresa cuenta con un numero tremendo de abogados a sueldo y otro número indeterminado de abogados externos que le cuesta ciento de miles sus sueldos, por lo que no pueden aducir desconocimiento alguno.

En el Perú en estos últimos 30 años hay miles y miles de pruebas del abuso, la incapacidad y mala intención de estos administradores y aún continúan en sus cargos o han ascendido ganando mucho mas y nadie los hace responsables de su incapacidad o malvada intención. Siendo en muchos casos tomados como razón para justificar la enajenación de empresas como ENAPU S.A. y muchas otras por las cargas procesales que estos zamarros podrían ser responsables.

A CONOCIMENTO

Alma Porteña pone en conocimiento de sus lectores los siguientes documentos:

Callao, 10 de febrero del 2011

Señor
RAÚL MENA ÁLVAREZ
SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DEL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.

Asunto: Ley Nº 29497 - Ley Procesal de Trabajo

De mi consideración:

Tengo a bien saludarlo y por su intermedio a todos los que constituyen su cuerpo directivo.

En esta oportunidad hago llegar a Usted copia de una solicitud dirigida al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.

Es el caso que a la fecha desde los años 90, en que el Dictador Fujimori despidió de las empresas del Estado cientos de miles, de trabajadores de las empresas públicas, sin importarle el destino de los trabajadores ni el de sus familias, teniendo como justificación entre ellas las reinserción del Perú en el mundo económico, política que hasta hoy viene practicando todos los gobernantes y ninguno de los candidatos se pronuncia en contra, dando otras alternativas por lo que viene siendo el futuro de los trabajadores y sus familias tan incierto como en ese entonces.

A raíz de los abusos y desconocimientos de los derechos de los trabajadores, funcionarios de todas índole han cometido abusos perjudicando intencionalmente a todos los trabajadores en su economía en perjuicio de sus familias.

Es el caso que en el Callao donde funcionan grandes empresas como ENAPU S.A. y otras; los trabajadores se han visto obligados por el sistema injusto, inoperante, a recurrir al Poder Judicial con las demoras conocidas por todos.

La ley Nº 29497 nos da una posibilidad de agilizar nuestras demandas pero como todo en nuestro país si no es impulsado por los trabajadores y el pueblo no se cumplirá.

Es más, esos funcionarios gerentes o no, incapaces, perversos o mal intencionados que exponen a los trabajadores a perder sus remuneraciones, siguen por décadas y hasta hoy trabajando en nuestras empresas sin pagar por el abuso y delito que cometen al perjudicar económicamente a los trabajadores sin que nadie pida justicia por el sufrimiento y dolor por los que pasan los trabajadores.

Es por ello Señor Secretario General, conocedor de la gran batalla que vienen dando ante el abuso y la entrega de nuestras riquezas como es el caso de la privatización de nuestros puertos, es necesario y justo reforzar la voluntad combativa de Usted, de los dirigentes y de todos los trabajadores atendiendo el cumplimiento de la Ley Nº 29497

Propugnando el cambio de todos los funcionarios que por incapacidad, mala fe, o cualquier otro sentimiento de bajeza, vienen perjudicando a los trabajadores y paguen con su peculio los daños causados a los trabajadores y a la empresa.

Dios guarde a usted,


________________________________
CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459



NOTA: Adjuntamos copia de documento dirigido al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.


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Callao, 10 de febrero del 2011

Señor
LEOPOLDO ORTIZ
SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.
FENTENAPU

Asunto: Ley Nº 29497 - Ley Procesal de Trabajo

De mi consideración:

Tengo a bien saludarlo y por su intermedio a todos los que constituyen su cuerpo directivo.

En esta oportunidad hago llegar a Usted copia de una solicitud dirigida al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.

Es el caso que a la fecha desde los años 90, en que el Dictador Fujimori despidió de las empresas del Estado cientos de miles, de trabajadores de las empresas públicas, sin importarle el destino de los trabajadores ni el de sus familias, teniendo como justificación entre ellas las reinserción del Perú en el mundo económico, política que hasta hoy viene practicando todos los gobernantes y ninguno de los candidatos se pronuncia en contra, dando otras alternativas por lo que viene siendo el futuro de los trabajadores y sus familias tan incierto como en ese entonces.

A raíz de los abusos y desconocimientos de los derechos de los trabajadores, funcionarios de todas índole han cometido abusos perjudicando intencionalmente a todos los trabajadores en su economía en perjuicio de sus familias.

Es el caso que en el Callao donde funcionan grandes empresas como ENAPU S.A. y otras; los trabajadores se han visto obligados por el sistema injusto, inoperante, a recurrir al Poder Judicial con las demoras conocidas por todos.

La ley Nº 29497 nos da una posibilidad de agilizar nuestras demandas pero como todo en nuestro país si no es impulsado por los trabajadores y el pueblo no se cumplirá.

Es más, esos funcionarios gerentes o no, incapaces, perversos o mal intencionados que exponen a los trabajadores a perder sus remuneraciones, siguen por décadas y hasta hoy trabajando en nuestras empresas sin pagar por el abuso y delito que cometen al perjudicar económicamente a los trabajadores sin que nadie pida justicia por el sufrimiento y dolor por los que pasan los trabajadores.

Es por ello Señor Secretario General, conocedor de la gran batalla que vienen dando ante el abuso y la entrega de nuestras riquezas como es el caso de la privatización de nuestros puertos, es necesario y justo reforzar la voluntad combativa de Usted, de los dirigentes y de todos los trabajadores atendiendo el cumplimiento de la Ley Nº 29497

Propugnando el cambio de todos los funcionarios que por incapacidad, mala fe, o cualquier otro sentimiento de bajeza, vienen perjudicando a los trabajadores y paguen con su peculio los daños causados a los trabajadores y a la empresa.

Dios guarde a usted,


________________________________
CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459



NOTA: Adjuntamos copia de documento dirigido al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.



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Callao, 10 de febrero del 2011

Señor
VÍCTOR CASTILLO RÍOS
SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.
SITENAPU

Asunto: Ley Nº 29497 - Ley Procesal de Trabajo

De mi consideración:

Tengo a bien saludarlo y por su intermedio a todos los que constituyen su cuerpo directivo.

En esta oportunidad hago llegar a Usted copia de una solicitud dirigida al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.

Es el caso que a la fecha desde los años 90, en que el Dictador Fujimori despidió de las empresas del Estado cientos de miles, de trabajadores de las empresas públicas, sin importarle el destino de los trabajadores ni el de sus familias, teniendo como justificación entre ellas las reinserción del Perú en el mundo económico, política que hasta hoy viene practicando todos los gobernantes y ninguno de los candidatos se pronuncia en contra, dando otras alternativas por lo que viene siendo el futuro de los trabajadores y sus familias tan incierto como en ese entonces.

A raíz de los abusos y desconocimientos de los derechos de los trabajadores, funcionarios de todas índole han cometido abusos perjudicando intencionalmente a todos los trabajadores en su economía en perjuicio de sus familias.

Es el caso que en el Callao donde funcionan grandes empresas como ENAPU S.A. y otras; los trabajadores se han visto obligados por el sistema injusto, inoperante, a recurrir al Poder Judicial con las demoras conocidas por todos.

La ley Nº 29497 nos da una posibilidad de agilizar nuestras demandas pero como todo en nuestro país si no es impulsado por los trabajadores y el pueblo no se cumplirá.

Es más, esos funcionarios gerentes o no, incapaces, perversos o mal intencionados que exponen a los trabajadores a perder sus remuneraciones, siguen por décadas y hasta hoy trabajando en nuestras empresas sin pagar por el abuso y delito que cometen al perjudicar económicamente a los trabajadores sin que nadie pida justicia por el sufrimiento y dolor por los que pasan los trabajadores.

Es por ello Señor Secretario General, conocedor de la gran batalla que vienen dando ante el abuso y la entrega de nuestras riquezas como es el caso de la privatización de nuestros puertos, es necesario y justo reforzar la voluntad combativa de Usted, de los dirigentes y de todos los trabajadores atendiendo el cumplimiento de la Ley Nº 29497

Propugnando el cambio de todos los funcionarios que por incapacidad, mala fe, o cualquier otro sentimiento de bajeza, vienen perjudicando a los trabajadores y paguen con su peculio los daños causados a los trabajadores y a la empresa.

Dios guarde a usted,


________________________________
CESAR CORRALES DEGREGORI
DNI Nº 25653459


NOTA: Adjuntamos copia de documento dirigido al Presidente del Poder Judicial Dr. Cesar San Martín Castro.

jueves, 10 de febrero de 2011

TERREMOTO Y TSUNAMIS


Estamos acostumbrados gracias a la T.V. a ver como hermosas ciudades en muchos casos cercanas a nuestro país, el Perú, sufren la destrucción total de sus casas con pérdidas de vidas humanas cuantiosas, todas ellas arrasadas, destruidas por un tsunami o un terremoto.

No se trata de un psicosocial, ni de una alarma infundada, se trata de una posibilidad real, en el tiempo, todos sabemos que por mil razones, el clima, las corrientes y temperaturas marítimas vienen variando en el mundo y el Perú es parte de este mundo.

Ya no se trata de hacer funcionar la mezquindad y la indiferencia, por el mal ajeno, sino de preocuparse por los riesgos eminentes de muerte segura de miles y miles de habitantes en nuestro litoral.

Hay casos eminentes, ciertos, en los que un tsunami arrasaría con la vida de todos los que viven al nivel del mar, como es el caso del distrito de La Perla y La Punta en el Callao, así como el riesgo que el Rímac se desborde y arrase con los distritos de Lima y el Callao, pues según la altura del desborde podrían correr sus aguas por los cauces que tuvo hace muchos, pero muchos años (visitar la biblioteca o ver las corrientes de agua de entonces).

La vida, las viviendas y pertenencias de los ciudadanos sean de clase A, B, C, deben preocupar y hacer actuar (trabajar) a los responsables de la administración del país y ciudades.

Los representantes de las instituciones especializadas, vienen pronunciándose en el eminente riesgo de un tsunami y sugieren señalar algunos edificios como refugio seguro para evitar la muerte. Mi pregunta es ¿Cuántos ciudadanos cabrían en los edificios? (y son pocos), no existen vías de fuga suficientes para soportar el tránsito de medio millón de personas a la vez. El tiempo que le quedaría a la ciudadanía para huir es mínimo, lo cierto es que ni los atletas lograrían alejarse lo suficiente.

Entonces señores, profesionales, técnicos, especialistas, representantes de las instituciones que deben encontrar formas y sistemas de evaluación ciertas y seguras, deben ponerse a trabajar hasta encontrar las soluciones ciertas y necesarias para salvar a estos moradores de una muerte masiva y cierta.

Desde estas líneas sugerimos usar los aires, construyendo vías de transporte amplias y seguras, con una altitud que dé seguridad a la vez que llevamos a nuestro primer puerto del Perú a la modernidad, lo embellecemos, dándole seguridad a nuestros habitantes y no nos lamentaremos y lloraremos después de su desaparición y muerte.

SEGURIDAD CIUDADANA



Según las declaraciones del señor Alcalde del Callao, la policía es la única responsable del incremento de la delincuencia en el Callao, por lo tanto el slogan “Seguridad ciudadana somos todos” es un vicio conceptual dicen.

Según informaciones en el año 2010, los representantes de la seguridad ciudadana en el Callao no se han reunido y menos aún han creado planes y programas para resolver la situación crítica en que vive el Callao, en cuanto a seguridad se refiere.

Si este es el panorama que tenemos no hay autoridad política que nos garantice ni hoy ni mañana, seguridad alguna.

Es cierto que la policía es el organismo ejecutor, más el organismo planificador se creía que estaba constituido por los alcaldes y el presidente de la región (autoridades políticas, con presupuesto de financiamiento y personal capacitado o en condiciones de contratarlos si no los tiene en su seno, según Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

Si por un lado la policía no cuenta, ni con implementos suficientes, ni con personal, pues porcada 80,000 habitantes en el Callao hay un policía, carencia de vehículos, carencia de recursos y personal ¿Quién asumiría entonces este tema?

Es la pregunta que se hacen los ciudadanos del Callao ante el crecimiento de la delincuencia, crímenes, robos, drogas.

Si bien es cierto la suspensión de garantías es quizás una medida necesaria, no es de ninguna manera la solución definitiva a este grave mal.

jueves, 3 de febrero de 2011

CARTA AL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL

Alma Porteña a solicitud de los interesados hace público el importante documento que a continuación se exhibe para conocimiento, consideración y apoyo a la cuasa que se propone para bien de la imagen del Poder Judicial y de todos aquellos que recurren a el en busca de razón y justicia.

Callao, 04 Febrero del 2011

Doctor
CESAR SAN MARTIN CASTRO
Presidente del Poder Judicial

Lima – Perú

Asunto: Ley Nº 29497: Ley Procesal del Trabajo
Ley Nº 27408: Ley de atención Preferencial

Excelentísimo Dr. Cesar San Martín Castro