ALMA PORTEÑA Se complace en hacer de conocimiento el Oficio Múltiple dirigido a las autoridades que a continuación enumeramos, para su lectura, consideración y difusión:
SINDICATO DE TRABAJADORES PORTUARIOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS
VÍCTOR CASTILLO
PRESIDENTE DEL CENTRO DE ESPARCIMIENTO PORTUARIO “CENESPOR”
MANUEL CABRERA HERNÁNDEZ
ASOCIACIÓN DE CESANTES Y JUBILADOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.
JULIO CHANG JUAREZ
SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES PORTUARIOS
LEOPOLDO ORTIZ CENTI
JOSÉ JOVINO LARA
SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Callao, 06 de setiembre del 2011
Señor
Presente
Ref.: Ley Nº 29497 Ley Procesal del Trabajo.
De mi especial consideración:
Con mis saludos, hago de su conocimiento que existiendo la Ley 29497 que entre otras determinaciones señala un plazo de seis meses para que las demandas laborales terminen en un plazo no mayor de seis meses, estos se prorrogan hasta 5, 10, 15 años.
Las razones y motivos para esta demora, pueden ser muchas, ciertas o no, los perjudicados en las demoras siempre son los hogares trabajadores cuyos ingresos o derechos según fuera el caso, se ven mermados en perjuicio del hogar familiar y en otros casos las propias instituciones representativas se ven perjudicadas.
Rogaría a usted previa las consideraciones del caso, su participación institucional para que la Ley 29497 se cumpla.
Atentamente,
CESAR CORRALES DEGREGORI
Adjunto:
Oficio señor Alcalde del Callao Juan Sotomayor García.
Oficio doctor César San Martín Castro, Presidente del Poder Judicial.
Oficio doctor Daniel Peirano, Presidente de la Corte de Justicia del Callao
Copia de la Ley Nº 29497
Copia del oficio dirigido al Presidente de la Región Callao
SINDICATO DE TRABAJADORES PORTUARIOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS
VÍCTOR CASTILLO
PRESIDENTE DEL CENTRO DE ESPARCIMIENTO PORTUARIO “CENESPOR”
MANUEL CABRERA HERNÁNDEZ
ASOCIACIÓN DE CESANTES Y JUBILADOS DE LA EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.
JULIO CHANG JUAREZ
SECRETARIO GENERAL DE LA FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES PORTUARIOS
LEOPOLDO ORTIZ CENTI
JOSÉ JOVINO LARA
SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Callao, 06 de setiembre del 2011
Señor
Presente
Ref.: Ley Nº 29497 Ley Procesal del Trabajo.
De mi especial consideración:
Con mis saludos, hago de su conocimiento que existiendo la Ley 29497 que entre otras determinaciones señala un plazo de seis meses para que las demandas laborales terminen en un plazo no mayor de seis meses, estos se prorrogan hasta 5, 10, 15 años.
Las razones y motivos para esta demora, pueden ser muchas, ciertas o no, los perjudicados en las demoras siempre son los hogares trabajadores cuyos ingresos o derechos según fuera el caso, se ven mermados en perjuicio del hogar familiar y en otros casos las propias instituciones representativas se ven perjudicadas.
Rogaría a usted previa las consideraciones del caso, su participación institucional para que la Ley 29497 se cumpla.
Atentamente,
CESAR CORRALES DEGREGORI
Adjunto:
Oficio señor Alcalde del Callao Juan Sotomayor García.
Oficio doctor César San Martín Castro, Presidente del Poder Judicial.
Oficio doctor Daniel Peirano, Presidente de la Corte de Justicia del Callao
Copia de la Ley Nº 29497
Copia del oficio dirigido al Presidente de la Región Callao
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